Este informe ha sido elaborado por la Coordinadora para la Prevención de la tortura, que está formada por 44 organizaciones sociales, profesionales y universitarias del Estado español, de procedencia muy diversa pero que tienen como objetivo común la erradicación de la tortura. Las organizaciones que la conforman poseen una acreditada trayectoria de muchos años de dedicación a la labor de defensa y promoción de los derechos fundamentales.
Descalificación, obstrucción y criminalización de las actividades de organismos sociales y profesionales que denuncian torturas en el Estado español
Así pues el presente informe tiene una doble finalidad. Por una parte recordar la importancia de la función que llevan a cabo los y las defensores/as de derechos humanos, realidad reconocida en una multiplicidad de textos jurídicos nacionales e internacionales; así como también la constatación de los riesgos y trabas con los que se encuentran personas y organizaciones que desarrollan este tipo de labor. Por otra parte, descender a la realidad cotidiana para hacer público y denunciar casos concretos de obstrucción, descalificación y criminalización de las actividades que desarrollan organismos sociales y profesionales que han denunciado torturas en el Estado español, hablar del aquí y ahora.
Los casos que se exponen en este informe tienen una doble procedencia: un primer grupo se trata de aquellos casos que las propias personas o organizaciones participantes en la Coordinadora han padecido; un segundo grupo se configura con casos que se han puesto a disposición de la Coordinadora por distintos canales y que se inscriben en este marco de violaciones de derechos a defensores/as de derechos humanos. Para acotar el contenido de este informe, de forma temporal, geográfica y substantiva, cabe apuntar que solamente hemos recogido casos que se han producido durante los últimos diez años en el Estado español y que han afectado a terceras personas a las que, según la definición de Naciones Unidas, llamaremos defensoras de derechos humanos (sean personas individuales u organizaciones).
Cabe recordar, como así se hace en todos los informes elaborados por la Coordinadora, que desgraciadamente nos estamos refiriendo a la punta de un iceberg de una realidad más amplia. Las violaciones de los derechos a defensores/as de derechos humanos que aquí se apuntan dibujan una reducida realidad conocida solamente a través de los casos que hemos tenido conocimiento. En este sentido, pues, las personas y colectivos que denuncian maltratos y torturas no son las únicas que reciben descalificaciones, se les obstruye el desarrollo de su actividad o se las criminaliza. Seguramente otros/as defensoras de otros derechos fundamentales padecen situaciones similares.
Este informe ha sido elaborado por la Coordinadora para la Prevención de la tortura, que está formada por 44 organizaciones sociales, profesionales y universitarias del Estado español, de procedencia muy diversa pero que tienen como objetivo común la erradicación de la tortura. Las organizaciones que la conforman poseen una acreditada trayectoria de muchos años de dedicación a la labor de defensa y promoción de los derechos fundamentales. El objetivo principal que las unió fue el hecho de velar por la aplicación y el seguimiento de los mecanismos internacionales de prevención de la tortura en el Estado español, de manera especial la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de las Naciones Unidas y su protocolo. En este proceso, diversos casos que en el informe se apuntan han estado compartidos en el marco de la Coordinadora. A fecha de hoy se ha considerando que por su volumen y gravedad era necesario hacer pública esta realidad.
Coordinadora para la Prevención de la Tortura, a 25 de abril de 2008
Artículo original
http://www.nodo50.org/tortura/spip/
Definición de Tortura
"Se entenderá; por tortura todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero informa-ción o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instancia suya o con su consentimiento."
Convención de las Naciones Unidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes - 10/12/48
Ratificada por el Estado español, entró en vigor en España en octubre de 1987
http://lacomunidad.elpais.com/antoniomarinseg/2008/10/15/descalificacion-obstruccion-y-criminalizacion-las-2
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